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 Misión

Somos una Fiscalía autónoma que garantiza el acceso a la justicia, el debido proceso, la verdad y la reparación del daño a las personas víctimas de delito, el respeto y protección a los derechos humanos mediante el profesionalismo y efectividad en la investigación criminal para fomentar confianza y seguridad en la ciudadanía.

 

 

Visión   

Ser una institución reconocida por su profesionalismo, eficiencia en la procuración de justicia a través de personal comprometido, confiable, con sentido humano y de pertenencia, así como vocación de servicio a la ciudadanía mediante tecnología de vanguardia y recursos humanos especializados.

 

 

 

Valores

Respeto y protección a derechos humanos

Las y los servidores públicos de la Fiscalía General tienen la obligación de velar, garantizar y promover el cumplimiento irrestricto de los derechos humanos de las y los ciudadanos con perspectiva de género, independientemente de la calidad que tengan las personas intervinientes en el proceso penal.

Honestidad

Las y los servidores públicos de la Fiscalía General desempeñarán sus funciones con apego a la verdad y la justicia.

Ética

Las y los servidores públicos de la Fiscalía General actuarán con absoluta moral, brindando un servicio digno y respetuoso a la ciudadanía.

Profesionalismo

Las y los servidores públicos de la Fiscalía General realizarán sus funciones con apego a la Filosofía Institucional, con un alto compromiso personal, mostrando empatía y sensibilización durante el ejercicio de su servicio.

Servicio a la ciudadanía y personas usuarias

Las y los servidores públicos de la Fiscalía General en todo momento tienen la obligación de brindar una atención de calidad a la ciudadanía, con un serio compromiso de trato digno a las personas usuarias.

 

Antecedentes Históricos

La primera Ley Orgánica del Ministerio Público en nuestro Estado fue expedida por el Gobernador Andrés Osuna el 8 de julio de 1918. Esta ley se dictó con fundamento en el Artículo 21 de la Constitución Federal, confiriéndoles facultades persecutorias y acusatorias ante los tribunales contra los responsables de un delito. Además de la intervención en los asuntos judiciales de orden civil. La organización de la institución consistió en designar un Procurador General de Justicia como Jefe del Ministerio Público, un Agente Auxiliar del procurador y Agentes Adscritos a los juzgados de Primera Instancia.

La Ley Orgánica de 1926 fue promulgada por el Gobernador Marte R. Gómez esta extendió la composición del personal del Ministerio Público y autorizó al Gobernador para aumentar el número de agentes, misma que fue derogada por la Ley Orgánica del Ministerio Público promulgada por el Gobernador Praxedis Balboa en 1963, la cual crea la Dirección de Averiguaciones Previas y señala las exigencias para la Policía Judicial y la Rural, así como la creación de la Dirección Criminalística.

La anterior fue derogada por la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia de nuestra entidad federativa y que fuera promulgada por el Gobernador del Estado el Ingeniero Américo Villarreal Guerra.

En la administración de 1993-1999 siendo Gobernador el Lic. Manuel Cavazos Lerma se reforma la Ley Orgánica de Administración Pública Estatal asignando atribuciones a la Procuraduría General de Justicia en su artículo 23, así como las reformas efectuadas el 22 de junio de 1994 a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado.

A la fecha mediante decreto No. 315 y publicado en el Periódico Oficial No. 52 del miércoles 1º de julio de 1998, entra en vigor la nueva Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, de fecha 23 de abril de 1986, así como sus posteriores reformas contenidas en los decretos números 70 y 10 publicados en los periódicos oficiales del estado de fecha 28 de noviembre de 1987 y 27 de febrero de 1993 respectivamente, en donde se destaca:

  • La creación de las Agencias del Ministerio Público Conciliador.
  • El cambio de nombre de la Policía Judicial por Ministerial.
  • La profesionalización de los Servidores Públicos de la Procuraduría.
  • La creación del consejo de participación ciudadana de evaluación de las acciones tendientes a profesionalizar a los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia.

La creación de las coordinaciones de:

  • Asesoría y Asuntos Especiales.
  • Comunicación Social.
  • Estadística e Informática.
  • La participación de la Procuraduría en el Sistema Nacional a través de su Sistema Estatal de Seguridad Pública.
  • La protección de los derechos humanos, atendiendo las quejas, propuestas de conciliación y recomendaciones de las Comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos, cuando estos sean aceptados.

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